¿Cómo puedes gestionar este crédito formativo?
Toda la gestión de las bonificaciones se realiza a través de la aplicación de Formación Programada por las empresas. Dicha gestión puede realizarla la propia empresa (bonificada), o una entidad organizadora. En el caso de grupos de empresas, la gestión puede realizarla una de las empresas del grupo designada para tal fin.
Si vas a actuar como gestor administrativo (realizas únicamente las comunicaciones en la aplicación), la empresa deberá darse de alta con el perfil bonificada (o grupo de empresas), y autorizarte como usuario con el perfil “gestor”.
¿Cómo se formaliza la contratación con una entidad organizadora?
Previo al acceso a la aplicación, los representantes legales de la entidad organizadora y de la empresa deben firmar un acuerdo, que contendrá:
+ Las obligaciones de los firmantes, específicamente las que asume la entidad organizadora.
+ La compensación económica por los costes de organización.
Te dejamos aquí nuestra Adhesión al contrato de encomienda
Realización de la formación
+ La formación debe ser gratuita para los participantes.
+ La duración total del curso no puede ser inferior a 2 horas.
+ La formación no puede superar las 8 horas diarias, a menos que se haga en un solo día.
+ El número de participantes no deberá exceder 30 en modalidad presencial (25 si se trata de un Certificado de profesionalidad), y 80 por tutor en teleformación.
+ En el caso de modalidad presencial, debe cumplimentarse el Modelo de control de Asistencia (en la modalidad de teleformación, las plataformas deberán posibilitar el registro de la actividad de los participantes).
+ Al finalizar el curso, deberá entregarse a los participantes el Cuestionario de evaluación del curso.
En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del curso, debe entregarse a los participantes un certificado de asistencia o diploma.
CUMPLIMENTO DE LA COFINANCIACION PRIVADA
BONIFICACION DE LA FORMACIÓN
Una vez comunicada la finalización en la aplicación, y hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso, puedes aplicarte la bonificación por formación en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social.
Para ello, debes cumplir los siguientes requisitos:
+Estar al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social
+En su caso, haber informado a la RLT
Las bonificaciones por formación se aplicarán a través del sistema de Liquidación Directa (código 763 -clave del fichero FAN CA80- bonificación formación continua), indicando el importe comunicado en la aplicación.
FORMACIÓN PROGRAMADA PARA EMPRESAS
Te ayudamos a formar a tu plantilla
¿Qué es el crédito formativo?
La empresa que cotiza por formación profesional dispone de un crédito anual para la formación de sus trabajadores.
Se calcula en función de lo cotizado por formación profesional así como la plantilla media (datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior).
La aplicación lo calculará automáticamente a partir de los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
“Si eres una empresa con menos de 50 trabajadores puedes acumular el crédito que no consumas en el presente ejercicio para los dos siguientes. Para ello, deberás marcar la casilla correspondiente en la aplicación antes del 30 de junio”.
¿Qué es una entidad organizadora?
Las entidades organizadoras son aquellas que contratan las empresas para que gestionen su formación, así como la bonificación de la misma.
Nosotros somos una Entidades de formación inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación.
Inicio del curso
Al menos con dos días de antelación
+ Alta de la acción formativa
+ Comunicación inicio grupo formativo
Finalización de la formación
Comunicar la finalización del curso a través de la aplicación, desde su fecha de fin y, en todo caso, antes de la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre.
Para realizar este paso, deberás informar de:
Los datos de los participantes que han finalizado la formación (que hayan realizado 75 % del curso).
Los costes del curso (directos, indirectos y de organización).
La cuantía y el mes en el que te vas a bonificar.
La aplicación calculará el coste máximo por el cual te podrás bonificar, que será el menor de estos tres importes:
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¿Qué es el crédito formativo?
La empresa que cotiza por formación profesional dispone de un crédito anual para la formación de sus trabajadores.
Se calcula en función de lo cotizado por formación profesional así como la plantilla media (datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior).
La aplicación lo calculará automáticamente a partir de los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
“Si eres una empresa con menos de 50 trabajadores puedes acumular el crédito que no consumas en el presente ejercicio para los dos siguientes. Para ello, deberás marcar la casilla correspondiente en la aplicación antes del 30 de junio”.
¿Cómo puedes gestionar este crédito formativo?
Toda la gestión de las bonificaciones se realiza a través de la aplicación de Formación Programada por las empresas. Dicha gestión puede realizarla la propia empresa (bonificada), o una entidad organizadora. En el caso de grupos de empresas, la gestión puede realizarla una de las empresas del grupo designada para tal fin.
Si vas a actuar como gestor administrativo (realizas únicamente las comunicaciones en la aplicación), la empresa deberá darse de alta con el perfil bonificada (o grupo de empresas), y autorizarte como usuario con el perfil “gestor”.
¿Qué es una entidad organizadora?
Las entidades organizadoras son aquellas que contratan las empresas para que gestionen su formación, así como la bonificación de la misma.
Nosotros somos una Entidades de formación inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación.
¿Cómo se formaliza la contratación con una entidad organizadora?
Previo al acceso a la aplicación, los representantes legales de la entidad organizadora y de la empresa deben firmar un acuerdo, que contendrá:
+ Las obligaciones de los firmantes, específicamente las que asume la entidad organizadora.
+ La compensación económica por los costes de organización.
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Inicio del curso
Al menos con dos días de antelación
+ Alta de la acción formativa
+ Comunicación inicio grupo formativo
Realización de la formación
+ La formación debe ser gratuita para los participantes.
+ La duración total del curso no puede ser inferior a 2 horas.
+ La formación no puede superar las 8 horas diarias, a menos que se haga en un solo día.
+ El número de participantes no deberá exceder 30 en modalidad presencial (25 si se trata de un Certificado de profesionalidad), y 80 por tutor en teleformación.
+ En el caso de modalidad presencial, debe cumplimentarse el Modelo de control de Asistencia (en la modalidad de teleformación, las plataformas deberán posibilitar el registro de la actividad de los participantes).
+ Al finalizar el curso, deberá entregarse a los participantes el Cuestionario de evaluación del curso.
En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del curso, debe entregarse a los participantes un certificado de asistencia o diploma.
Finalización de la formación
Comunicar la finalización del curso a través de la aplicación, desde su fecha de fin y, en todo caso, antes de la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre.
Para realizar este paso, deberás informar de:
Los datos de los participantes que han finalizado la formación (que hayan realizado 75 % del curso).
Los costes del curso (directos, indirectos y de organización).
La cuantía y el mes en el que te vas a bonificar.
La aplicación calculará el coste máximo por el cual te podrás bonificar, que será el menor de estos tres importes:
CUMPLIMENTO DE LA COFINANCIACION PRIVADA
BONIFICACION DE LA FORMACIÓN
Una vez comunicada la finalización en la aplicación, y hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso, puedes aplicarte la bonificación por formación en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social.
Para ello, debes cumplir los siguientes requisitos:
+Estar al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social
+En su caso, haber informado a la RLT
Las bonificaciones por formación se aplicarán a través del sistema de Liquidación Directa (código 763 -clave del fichero FAN CA80- bonificación formación continua), indicando el importe comunicado en la aplicación.